DOCUMENTO SOPORTE En adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a facturar

El 30 de diciembre de 2021, la DIAN expidió la resolución 000167 donde se reglamentó todo lo relacionado con el documento soporte en adquisiciones realizadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente y las notas de ajuste, esta resolución estableció que el documento en mención será electrónico desde mayo de 2022.    

El 29 de abril de 2022 la DIAN expidió la resolución 00488 donde se establece como nueva fecha de implementación el 1 de agosto de 2022    

¿Tiene dudas?

¿QUÉ ES EL DOCUMENTO SOPORTE en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a facturar?

Es el documento que se usa para acreditar la compra de productos o servicios el cual debe generar el comprador cuando hace transacciones con un proveedor que no está obligado a facturar o generar documentos equivalentes.

¿EN QUÉ CASOS SE DEBE GENERAR Y TRANSMITIR A LA DIAN?

El documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente se debe generar en el momento en que se realice la operación o en su defecto el último día hábil de la semana en que se llevaron a cabo operaciones acumuladas con el mismo proveedor.

¿EN QUÉ FECHA SE DEBE IMPLEMENTAR?

La DIAN ha establecido que la fecha máxima para su implementación debe ser el 1 de agosto de 2022.

 

 

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